Califican de “excesiva” la inmunidad judicial que contempla proyecto para delegados oficiales de Estados extranjeros
Corte Suprema emitió informe negativo sobre proyecto que establece un Estatuto de privilegios e inmunidades para los delegados oficiales de Estados extranjeros u organizaciones internacionales. El Ejecutivo enviará una indicación a la iniciativa que se encuentra en la Comisión de RR.EE.
Comisión de Relaciones Exteriores
Su opinión negativa emitió la Corte Suprema sobre el proyecto, en primer trámite, que establece un estatuto de privilegios e inmunidades para los delegados oficiales de estados extranjeros. La iniciativa se encuentra en la Comisión de Relaciones Exteriores, a la espera de la indicación correspondiente del Ejecutivo para precisar el alcance de esta disposición.
Así lo afirmó el senador Roberto Muñoz Barra, presidente de la instancia quien explicó que “hay un conjunto de opiniones desfavorables al proyecto porque consideran muy amplia la cantidad de personas que quedarían con estas inmunidades y, en particular, la que establece el derecho a ser juzgados por los tribunales de sus países de origen”.
Agregó que “el Ejecutivo concordó con estas opiniones y la visión de los senadores y está estructurando una indicación que va a corregir las posibles interpretaciones, para poder superar las dificultades”.
El máximo tribunal hizo notar “la excesiva amplitud de la inmunidad de jurisdicción que se propone pues, con el progresivo desarrollo de las relaciones internacionales de nuestro país y la intensificación de la cooperación habrá un importante y creciente número de extranjeros que ingresarán al país y gozarán de dicha inmunidad, por lo que no aparece aconsejable excluirlos de la jurisdicción nacional, es decir, de la competencia de los tribunales nacionales”.
AMPLIOS PRIVILEGIOS
Cabe señalar que el proyecto norma el régimen de privilegios e inmunidades de los funcionarios de Estado extranjeros y de Organizaciones internacionales que se encuentran temporalmente en el país con el fin de participar en funciones oficiales. En la actualidad dichos funcionarios extranjeros carecen de estos privilegios otorgados por los tratados internacionales ratificados por Chile.
Por ello, la iniciativa aborda materias como la inmunidad de jurisdicción y ejecución, es decir, el derecho de los funcionarios a ser juzgados por los tribunales de sus países de origen.
Esta inmunidad se concederá en los casos en que los favorecidos concurran a conferencias, reuniones, seminarios, ejercicios de preparación y formación de Operaciones de Paz u otras actividades oficiales concordadas, convocadas o requeridas por el Gobierno o por las Organizaciones Internacionales en el marco de sus actividades.
En cuanto a los miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, éstos podrán ingresar al territorio nacional, previo cumplimiento de las normas vigentes, en especial sobre la entrada y salida de tropas, para la realización de actividades de cooperación con las Fuerzas Armadas y de seguridad chilenas.
Para contar con dicha inmunidad, el Estado en cuestión o el Organismo Internacional deberán entregar una lista al Ministerio de Relaciones Exteriores con los nombres de los funcionarios. Este privilegio se extenderá desde que estas personas ingresen al país y subsistirá mientras permanezcan en él desempeñando la función oficial por la cual ingresaron.
Sin embargo, la inmunidad no cesará respecto de los actos que se realizaron en el ejercicio de esas funciones. Por lo tanto, se restringirá sólo a los actos o declaraciones que se formulen a título oficial y que se encuentren directamente relacionados con la función específica para la cual ingresaron al territorio nacional, excluyendo los actos de naturaleza privada u otras actuaciones que no se encuentren vinculadas a dicha función.
El proyecto también establece la posibilidad de exención del pago del impuesto a la renta y de internación de equipaje personal y de bienes de los Estados y de las Organizaciones Internacionales y que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones oficiales de visa, aceptación de licencias de conducir, facilidades para el uso de uniformes, para la internación de armas y el uso de equipo de telecomunicaciones.
Fonte: http://www.senado.cl/prontus_senado/site/edic/base/port/portada.html
Nenhum comentário:
Postar um comentário